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/ Nuevo instructivo de Inapi sobre patentes deja sin efecto resolución exenta N° 137 de 2022

26 de Diciembre, 2023

Daniel Sacasas
Ingeniero de Patentes
Alessandri Abogados

 

El 5 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial un nuevo instructivo de tramitación en materia de patentes que deja sin efecto el instructivo aprobado por la resolución exenta N° 137 de 2022. Entrará en vigor el 1 de enero de 2024.

Aspectos más relevantes

  • Cuando se solicita la restauración del derecho de prioridad en la fase internacional PCT y la Oficina Receptora aprueba, el solicitante debe presentar un documento en la fase nacional en Chile para que Inapi valide la situación.
  • Respecto del Informe de Búsqueda PCT, el solicitante deberá proporcionar los documentos no patentados mencionados en el Informe de Búsqueda Internacional y en el Informe de Examen Preliminar Internacional, así como la traducción de cualquier documento que solicite Inapi.
  • Con respecto a las divulgaciones inocuas, las divulgaciones realizadas en los doce meses previos a la solicitud pueden considerarse inocuas si:
    a) fueron hechas, autorizadas o derivan del solicitante de la patente; o
    b) se realizaron debido a abusos y prácticas desleales contra el solicitante.

Adicionalmente, si el solicitante reclama divulgaciones inocuas según el Art. 42 “LPI”, debe proporcionar detalles de los hechos y circunstancias que demuestren que las divulgaciones se deben a abusos y prácticas desleales, por lo que no se considerarán en el análisis si se acepta la reclamación.

  • El nuevo instructivo incluye detalles sobre los procesos de solicitud de patentes provisional, solicitud definitiva en Inapi, así como solicitud internacional PCT.
  • En cuanto a la suspensión de la publicación, Inapi podrá autorizar la suspensión de la publicación nacional por plazos más largos de lo habitual (18 meses o 6 meses, según procediese), si el solicitante lo pide y si esto beneficia sus intereses legítimos en el extranjero.
  • Referente a la etapa pericial, el perito tiene la facultad de solicitar al solicitante, vía correo electrónico, que proporcione documentos nuevos, previamente anunciados y no adjuntos, o documentos incompletos o ilegibles. Adicionalmente, al responder informes periciales, el solicitante deberá explicar las modificaciones realizadas a la memoria descriptiva y/o pliego de reivindicaciones, indicando número de página, párrafo modificado y acompañar un documento con control de cambio marcado.
  • Respecto de la modificación de la solicitud concluida la etapa pericial o resolutiva, se establece que, si el solicitante desea hacer modificaciones debido a la falta de unidad de invención, debe presentar las solicitudes divisionales correspondientes mientras la solicitud original aún esté en trámite en Inapi. Sin embargo, en este caso, no se puede invocar el Art. 39 inciso tercero del Reglamento.

El equipo de abogados y agentes de propiedad industrial de Alessandri Abogados está altamente especializado en el proceso de tramitación de patentes de invención, tanto a nivel nacional como internacional. Nos mantenemos actualizados con los nuevos instructivos para seguir atendiendo con eficiencia y rapidez a cada uno de nuestros clientes.

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