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/ Empresas sin derecho a huelga: cómo prepararse para la próxima calificación

13 de Octubre, 2026

El próximo proceso de calificación de empresas sin derecho a huelga ya tiene fecha: mayo de 2027. Prepararse con anticipación es clave para identificar eventuales brechas, reunir los antecedentes necesarios y presentar una solicitud debidamente respaldada.

Francisco Espinoza
Director Área Laboral

La reciente publicación de la Resolución Exenta N.º 1.250 de 2026, conjunta de los Ministerios del Trabajo y Previsión Social, de Defensa Nacional y Economía, Fomento y Turismo, vuelve a poner sobre la mesa un tema que muchas empresas revisan únicamente cuando se acerca el plazo de presentación. La experiencia del último proceso demuestra que llegar a esa etapa sin una preparación previa suele ser demasiado tarde.

La resolución señalada modificó la nómina de empresas cuyos trabajadores no pueden ejercer el derecho a huelga conforme al artículo 362 del Código del Trabajo, como consecuencia de distintas sentencias de la Corte de Apelaciones de Santiago. Como resultado de ello, algunas fueron incorporadas al listado de empresas, mientras que una tercera fue excluida.

Más allá del resultado particular de cada caso, la señal es relevante para el próximo proceso de calificación. Los antecedentes recientes muestran que no basta invocar la relevancia o carácter estratégico de una actividad. La solicitud debe estar respaldada por antecedentes que permitan justificar y acreditar adecuadamente los riesgos que una paralización podría generar.

Mayo de 2027: la próxima convocatoria ya está en marcha

El próximo proceso de calificación bienal se realizará en 2027 y las solicitudes fundadas deberán presentarse a más tardar el 31 de mayo de ese año.

La experiencia del último proceso demuestra que las solicitudes más sólidas no se construyen durante las semanas previas al vencimiento. La recopilación de antecedentes, la definición del alcance de la solicitud y la construcción de evidencia suelen requerir varios meses de trabajo y coordinación interna.

Por lo mismo, el periodo que se abre tras la publicación de esta resolución constituye una oportunidad para evaluar con anticipación la posición de la empresa y preparar adecuadamente los antecedentes que podrían ser necesarios para el proceso de 2027.

¿Qué conviene revisar desde ahora?

Entre otros aspectos:

  • La eventual concurrencia de alguna de las causales previstas en el artículo 362 del Código del Trabajo.
  • La conveniencia de solicitar una calificación total o parcial.
  • La identificación de funciones, instalaciones o faenas respecto de las cuales podría fundarse una solicitud.
  • La evidencia disponible sobre el impacto de una paralización, los usuarios afectados y las alternativas de reemplazo existentes.
  • La regulación vigente de servicios mínimos y equipos de emergencia.
  • La existencia de brechas probatorias o documentales que deban abordarse antes de la presentación de la solicitud.

Una revisión temprana marca la diferencia

La publicación de la Resolución Exenta N.º 1.250  no solo cierra las controversias derivadas del proceso de 2025. También entrega señales útiles para quienes deberán enfrentar la próxima convocatoria.

Para las áreas de recursos humanos, relaciones laborales, asuntos corporativos y asesoría jurídica, este es probablemente el mejor momento para evaluar si existen fundamentos para una futura solicitud y detectar tempranamente las brechas que deberán abordarse antes de mayo de 2027.

Una revisión anticipada permite construir la estrategia, recopilar los antecedentes necesarios y llegar al proceso con una solicitud adecuadamente respaldada, en lugar de enfrentar el plazo con información incompleta o insuficiente.

Nuestro equipo asesora a empresas y organizaciones en la evaluación, preparación y revisión de solicitudes de calificación conforme al artículo 362 del Código del Trabajo.

Para más información, contacte a Francisco Espinoza W, Director del Área Laboral de Alessandri Abogados.