Es un buen momento para que los colegios revisen sus procesos de postulación y admisión y la forma como son comunicados a los potenciales apoderados, de modo de contar con protocolos y prácticas transparentes y no discriminatorias que ayuden evitar infracciones que puedan derivar en posibles sanciones.
Felipe von Unger V.
Asociado
Alessandri Abogados
Aunque ya en sus fases finales, el proceso de admisión a los colegios de nuestro país se encuentra en pleno desarrollo. Conforme al calendario propuesto por el Mineduc, el 30 de noviembre vence el período complementario de postulación, dispuesto para aquellos apoderados que hayan rechazado la asignación original de colegio, o que no hayan postulado en el periodo principal.
El proceso de admisión a la educación escolar ha sido objeto de modificaciones mayores en los últimos años. Por medio tanto de la Ley N°20.845, “Ley de Inclusión”, como del DFL N°2, del 2009, el legislador reguló procesos de postulación y admisión orientados al establecimiento de un sistema transparente, inclusivo, equitativo y no discriminatorio.
Disponer de adecuados procesos de postulación y admisión a la educación escolar es condición de posibilidad para la verificación de los derechos consagrados en los numerales 10 y 11 de la Constitución Política de la República. Asimismo, mecanismos apropiados tienden a la construcción de comunidades educativas comprometidas que adhieren al proyecto educativo del colegio. Por eso, de modo congruente con su importancia, la Superintendencia de Educación ha incluido a los procesos de postulación y admisión entre las materias objeto de revisión periódica en sus Planes Anuales de Fiscalización.
Las fiscalizaciones programadas (a diferencia de las motivadas por denuncias, por ejemplo) incluidas en estos planes están orientadas a examinar que los establecimientos educacionales cumplan con la normativa aplicable, debiendo los colegios por tanto observar con especial cuidado no solo el marco jurídico que los regula en general, sino que aquel específicamente diseñado a las postulaciones, lo que en las condiciones regulatorias actuales pasa fundamentalmente con comunicar adecuadamente el proyecto educativo o por no amañar la asignación de cupos. Sin ir más lejos, los procesos de admisión han sido parte de los Modelos de Fiscalización con Enfoque en Derechos y Libertades Fundamentales correspondientes a los años 2018, 2019 y 2020, y, según cifras oficiales de la Superintendencia de Educación, solo en el año 2020 ella recibió 288 denuncias por posibles irregularidades en los procesos de admisión.
Parece un buen momento para que los colegios revisen sus procesos de postulación y admisión y la forma en que estos son comunicados a los futuros apoderados, para evitar infracciones que puedan derivar en posibles sanciones o en responsabilidades ante eventuales daños que se ocasionen.