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/ Protección de secretos comerciales: clave para la competitividad empresarial

25 de Octubre, 2024

Una empresa que desee proteger sus activos intangibles primero debe identificarlos y luego determinar el tipo de protección más adecuada.

Francesca Bozzo
Francisco Silva von Moltke 
Asociados

El éxito y la diferenciación de una empresa no dependen únicamente de sus equipos o de sus líderes, sino también de su capacidad para distinguirse de la competencia mediante procesos o estrategias únicas. El desarrollo y consolidación de dichos procesos y estrategias conlleva tiempo, recursos y muchas veces ensayo y error; una vez identificada esa fórmula ideal para el negocio ¿Cómo mantener la exclusividad sobre ella? ¿Cómo evito que se filtre al mercado y competencia?

Una manera consagrada y protegida por la normativa vigente, es mantener en secreto aquellas innovaciones que proporcionan ventajas competitivas.

Así, los secretos comerciales en Chile se encuentran tratados en la Ley de Propiedad Industrial (N°19.039), Ley de Competencia Desleal (N° 20.169), y en el Código Penal, donde a raíz de la nueva ley de delitos económicos, se reemplaza el antiguo artículo 284 por 6 nuevos artículos (art. 284 al art. 284 sexíes). Estas disposiciones legales establecen los requisitos para determinar qué constituye un secreto comercial, los cuidados de los que debe ser objeto, así como las acciones que se pueden ejercer contra quienes obtengan, usen o divulguen de manera ilícita o sin autorización los mismos.

Las empresas suelen enfrentarse a la decisión de patentar sus innovaciones o mantenerlas bajo secreto, al tratarlos como información confidencial. Sin embargo, ambas alternativas tienen pros y contras que deben analizarse caso a caso.

Por lo tanto, una empresa que desee proteger sus activos intangibles primero debe identificarlos -siempre tratándolos como información confidencial-, para determinar el tipo de protección más adecuada. Una de las dificultades que presenta el tratamiento como secreto comercial es aquella que enfrenta un empresario que posee información operativa o estratégica, que no cumpliría con los requisitos para ser una patente de invención, pero que tampoco se compone de información confidencial; en este sentido han resuelto nuestros tribunales uniformemente, al rechazar reclamaciones por violación de secretos comerciales que -a juicio del sentenciador- no contenían información confidencial o exclusiva de quien se dice si titular.

No todo puede ser secreto comercial

A modo de ejemplo, estrategias de marketing, listas de clientes y planes de negocio, manuales, ingredientes específicos, recetas, procesos, técnicas y conocimientos de fabricación pueden constituir secretos comerciales. Sin embargo, para que una información sea considerada un secreto comercial, debe cumplir al menos con tres requisitos: así quedó consagrado en la ley 19.039 tras sus últimas modificaciones -la llamada “Ley Corta”-, que reforzó la protección de los secretos comerciales, estableciendo en su artículo 86:

“(…)toda información no divulgada que una persona posea bajo su control y que pueda usarse en alguna actividad productiva, industrial o comercial, siempre que dicha información cumpla los siguientes requisitos copulativos:

a) Sea secreta en el sentido de no ser, como conjunto o en la configuración y reunión precisas de sus componentes, generalmente conocida ni fácilmente accesible para personas dentro de los círculos que normalmente manejan este tipo de información.

b) Tener un valor comercial por ser secreta.

c) Haber sido objeto de medidas razonables adoptadas por su legítimo poseedor para mantenerla en secreto.”

El cumplimiento de estos requisitos es absolutamente necesario no solo para el correcto resguardo de un secreto comercial, sino que también para ser considerado como tal en caso de que deban ejercerse acciones legales contra terceros por divulgaciones o violaciones.

Al respecto, hay que tener claridad al momento de sincerar qué es información confidencial, qué puede considerarse información confidencial estratégica (o alguna categoría especial), y luego cuáles son los secretos comerciales; no toda información confidencial constituye un secreto comercial.

Por ello, resulta fundamental establecer protocolos y procesos internos para proteger la información confidencial de las compañías, sean secretos industriales o innovaciones susceptibles de patentamiento. Un efectivo resguardo comprende contratos adecuados, acuerdos de confidencialidad, el correcto manejo y manipulación de la información, así como la capacitación y concientización de los trabajadores y proveedores, entre otros.

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