/ Decisiones de directorio bajo escrutinio: la nueva regla que propone MK4
27 de Octubre, 2026El proyecto de reforma al mercado de capitales conocido como MK4, contenido en el Boletín N°18.643-05 y recientemente despachado por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados, propone una nueva regla para evaluar las decisiones de negocios adoptadas por los directorios. La propuesta cobra especial relevancia para las compañías y refuerza la importancia de contar con mecanismos que permitan acreditar el cumplimiento de los deberes de directores y ejecutivos.
Luis Fuentes
Director de Litigios y Arbitrajes
Agustín Prieto
Asociado
El artículo 41 de la Ley sobre Sociedades Anónimas exige a los directores emplear el cuidado y diligencia que las personas utilizan ordinariamente en sus propios negocios y los hace solidariamente responsables de los perjuicios causados a la sociedad y a los accionistas por actuaciones dolosas o culpables. Sin embargo, la ley no establece parámetros específicos para determinar cuándo ese deber se entiende cumplido al adoptar una decisión empresarial.
Esta ausencia adquiere especial importancia cuando un directorio debe resolver sobre inversiones, financiamientos, adquisiciones, reorganizaciones u otras operaciones cuyos resultados dependen de circunstancias que no pueden conocerse con certeza. Cuando la decisión se examina después de producido un resultado adverso, existe el riesgo de que su evaluación quede influida por ese desenlace y no por la información y las circunstancias que existían al momento de decidir.
La regla propuesta se aproxima a la denominada business judgment rule, desarrollada en el derecho comparado, al desplazar el análisis desde el resultado de la decisión hacia las condiciones en que ella fue adoptada. Según el texto actualmente conocido, tratándose de una decisión de negocios en la que el director no tenga interés, el deber de cuidado se entenderá cumplido si actuó de buena fe, con información razonablemente suficiente y en la convicción razonable de obrar en interés de la sociedad. Su conducta deberá apreciarse considerando las circunstancias existentes al momento de adoptar la decisión.
Aunque esta regla pertenece al ámbito societario y no excluye por sí sola una eventual responsabilidad administrativa, civil o penal, refuerza la importancia práctica de la trazabilidad del proceso decisorio. Las actas de directorio, los informes financieros y técnicos, las opiniones legales y la constancia de las alternativas examinadas serán antecedentes centrales para demostrar cómo se adoptó una decisión y cuáles fueron sus fundamentos.
El proyecto también incorpora una regla expresa conforme a la cual la sociedad podrá contratar seguros de responsabilidad civil en beneficio de directores, gerentes, ejecutivos y trabajadores.
La regla propuesta no constituye una inmunidad. Se refiere a decisiones de negocios en las que el director no tenga interés. En las operaciones con partes relacionadas deberá revisarse separadamente el interés de cada director y el cumplimiento del régimen especial aplicable. La propuesta no sustituye el régimen especial aplicable a esas operaciones.
De aprobarse la modificación, su utilidad dependerá en buena medida de cómo los directorios preparen, discutan y documenten sus decisiones. Por ello, las compañías deberían revisar desde ahora sus protocolos de funcionamiento, la calidad de la información entregada a los directores, el contenido de las actas y la suficiencia de sus coberturas de responsabilidad.
¿Qué deberían revisar las compañías?
- Los protocolos de información al directorio.
- La identificación y constancia de conflictos de interés.
- El contenido de las actas.
- El respaldo de las alternativas consideradas.
- Los informes técnicos y legales utilizados.
- El alcance efectivo de las pólizas D&O.
Una buena decisión no se acredita únicamente por su resultado. También debe poder reconstruirse el proceso que permitió adoptarla.



