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/ Deberes de información continua: la CMF sanciona a 13 administradoras de fondos privados

1 de Febrero, 2023

Con estas sanciones, la Comisión para el Mercado Financiero entrega el mensaje de cumplir con los deberes de información, por menores que sean.

Felipe von Unger V.
Asociado
Felipe Cousiño P.
Socio
Alessandri Abogados

Mediante la Resolución Exenta N°422, de fecha 12 de enero de 2023, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) aplicó sanciones a 13 administradoras de fondos de inversión privados (AFIPs), por un total de 220 UF (varias de ellas fueron únicamente censuradas), por incumplir la obligación de información contenida en el artículo 94 de la Ley N°20.712 (“Ley Única de Fondos”). Dicho artículo, en conjunto con la Norma de Carácter General (NCG) N°364, obliga a las AFIPs a entregarle a la CMF información sobre:

a) Denominación del fondo de inversión privado y Rol Único Tributario, según lo dispuesto en el artículo N°86 de la Ley Única de Fondos

b) Listado de participes, con indicación de:

  • RUT, número de pasaporte u otro tipo de identificación.
  • Nombre completo.
  • Monto total de la participación individual de la entidad o persona, expresado en pesos chilenos al momento de cálculo.
  • Número total de cuotas de la entidad o persona.

c) Valor de los activos y pasivos del fondo, expresado en pesos chilenos al momento de su cálculo, indicando los principales criterios contables empleados para la determinación de ese valor.

Adicionalmente, la NCG N°364 prescribe que “esta información debe estar referida al último día del mes del trimestre que informa, esto es al 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre de cada año, y ser remitida dentro de los 5 primeros días hábiles de los tres meses siguientes al que informa”.

Atendida la entidad de las infracciones imputadas, la CMF aplicó el procedimiento sancionatorio simplificado previsto en párrafo 3° del título IV del Decreto Ley N°3.538, de 1980, que Crea la Comisión para el Mercado Financiero. Para ello, las distintas AFIPs debieron admitir su responsabilidad en los hechos.

Como antecedente adicional, valga tener en cuenta que esta es la séptima vez desde el 2019 en que la CMF aplica sanciones a distintas AFIPs por infracciones a sus obligaciones de información continua. En esta última resolución sancionatoria, la autoridad fiscalizadora ha dicho que “las conductas sancionadas implican que este Servicio no cuente con toda la información requerida normativamente respecto de los fondos privados que administran estas sociedades, en consideración a las características propias de este tipo de fondos, como tampoco sobre el cumplimiento del objetivo de las sociedades administradoras”

Tanto este como los anteriores casos son un llamado de atención a las distintas administradoras a tener claridad sobre las obligaciones de información que deben satisfacer, y sobre los demás requerimientos aplicables a una actividad crecientemente regulada.