/ Nuevos delitos económicos y su impacto en los modelos de prevención penal
3 de Octubre, 2025Asociada Alessandri
El 29 de septiembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.770, que establece un marco general para las autorizaciones sectoriales y modifica diversos cuerpos legales, entre ellos, la Ley N° 21.595 sobre delitos económicos y la Ley N° 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Esta nueva normativa no solo busca modernizar y agilizar los procedimientos administrativos, sino que también introduce nuevos tipos penales que deben ser considerados en los modelos de prevención de delitos. En particular, se incorporan conductas que, al estar vinculadas a procesos de autorización sectorial, pueden generar responsabilidad penal corporativa.
Entre las principales novedades, destacan:
Delitos de segunda categoría
Se suman al catálogo penal las siguientes figuras:
- La entrega de información falsa o incompleta en declaraciones juradas o avisos, con el fin de obtener una autorización.
- La emisión de certificaciones o informes falsos por parte de profesionales reconocidos.
- La presentación dolosa de documentos técnicos falsificados ante autoridades sectoriales.
Delito de tercera categoría
- Se tipifica la infracción al deber de confidencialidad por parte de funcionarios de la nueva Oficina de Autorizaciones Sectoriales e Inversión, cuando revelen o utilicen indebidamente información no pública obtenida en el ejercicio de sus funciones.
Además, se corrige una omisión técnica generada por la Ley N° 21.673, restableciendo la referencia a los delitos de uso fraudulento de tarjetas y obtención maliciosa de devoluciones indebidas, contenidos en la Ley N° 20.009, como parte del catálogo de delitos base.
Estos cambios amplían el espectro de riesgos penales para las organizaciones, especialmente aquellas que gestionan permisos o autorizaciones ante organismos públicos. La participación de profesionales externos en la elaboración de informes técnicos también adquiere una nueva dimensión de riesgo, al estar ahora expresamente regulada.
Recomendaciones
- Revisar los procesos internos vinculados a la obtención de autorizaciones sectoriales.
- Evaluar la exposición de la organización frente a los nuevos delitos incorporados.
- Actualizar el Modelo de Prevención de Delitos, incorporando controles específicos para mitigar estos riesgos.
- Capacitar a las áreas involucradas, incluyendo a los profesionales externos que colaboren en procesos de certificación o informes técnicos.
La entrada en vigencia inmediata de esta ley exige una respuesta ágil por parte de las organizaciones. La adecuación oportuna de los modelos de cumplimiento será clave para evitar contingencias penales y fortalecer la cultura de integridad corporativa.