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/ Protección de datos personales y libre competencia

19 de Enero, 2022

La tendencia actual es compatibilizar la libre competencia con la protección y uso de los datos personales, de manera tal que las empresas utilicen estos datos de forma correcta derribando, por ejemplo, barreras de entrada, y compartir la información que poseen, pero siempre protegiendo los datos sin vulnerarlos.

María Ignacia Ormeño Sarralde
Asociada
Alessandri Abogados

 

La llegada de la transformación digital ha facilitado que las personas en su vida diaria entreguen una gran cantidad de información personal, sin tomar en consideración lo que su entrega significa para proveedores de productos y servicios. Datos como número telefónico, correo electrónico o hábitos personales, comportamiento, preferencias, datos de geolocalización, datos biométricos entre otros se entregan día a día a través de variadas plataformas en nuestros teléfonos y computadores. Asimismo, el aumento de la capacidad de cómputo y análisis de los datos personales ha traído como consecuencia el anhelo de las empresas de contar con más datos para conocer mejor a sus consumidores y predecir su comportamiento.

El dato personal debe ser considerado como una materia prima o un activo para las empresas. Es por ello que es necesario preguntarse ¿Cuánto valen esos datos para una empresa? ¿Cómo los utilizan o valorizan?

La capacidad de recolectar, almacenar, analizar y utilizar datos da una posición dominante a una empresa, es decir le permiten intervenir el mercado pertinente de un bien o servicio o de un determinado grupo de bienes o servicios logrando obtener una participación significativa en ese mercado.

Lo anterior ha generado numerosos cambios en la estrategia de negocio de las empresas. La manera en que estas recopilan o utilizan los datos preocupa a raíz de las posibles vulneraciones que pudieren afectar a la libre competencia, en el sentido de generar conductas tales como colusión tácita por algoritmos, adquisición de cuotas o poder de mercado, o barreras de entrada.

Actualmente con la dictación de la Ley proconsumidor (Ley 21.398) que otorga al  Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) facultades expresas en protección de datos personales en una relación de consumo, esta autoridad, junto con aquellas encargadas de velar por la protección a la libre competencia, tienen la tarea de resguardar que la forma de utilización de esa gran cantidad de datos personales, por un lado, no pase a llevar a los consumidores en sus derechos y por el otro resguardar la libre competencia y concurrencia de los mercados.