/ Otra razón para innovar: pague menos impuestos
4 de Septiembre, 2012Los nuevos incentivos tributarios para investigación y desarrollo entran en vigencia el 7 de septiembre.
Asociado Senior de Alessandri Abogados.
Ese viejo mito que dice que la nueva savia intelectual y científica nacional debe buscar mejores horizontes más allá de nuestras fronteras, pareciera que va de retirada. Claro, pues este 7 de septiembre entrarán en vigencia nuevos beneficios tributarios diseñados y destinados exclusivamente para este sector.
Si se mira con perspectiva, este es un salto cualitativo y resulta fundamental en una sociedad del conocimiento donde son claves la creación de valor mediante la investigación y el desarrollo de nuevos productos y tecnologías.
La modificación más sustancial es que ahora los beneficios tributarios son aplicables a los proyectos de Investigación y Desarrollo (I&D) domésticos o intramuros. Es decir, proyectos propios, ejecutados total o parcialmente por las propias empresas (con anterioridad solo se beneficiaba a las empresas que financiaban proyectos de I&D realizados por instituciones registradas como centros de investigación). Con esto se logra ampliar el beneficio más allá de los proyectos “extramuros” o de ejecución delegada, realizados por centros de investigación.
Y en esto, Corfo tendrá un rol fundamental, pues certificará tanto los contratos de I&D con centros de investigación, como los proyectos de investigación propios de los contribuyentes. De esta forma, la procedencia de las franquicias tributarias quedará supeditada al otorgamiento de la certificación respectiva. Asimismo, tendrá mayores atribuciones para la fiscalización del cumplimiento de las disposiciones de la ley.
¿Pero cómo funciona concretamente?
Lo primero a saber, es que este beneficio tributario es producto de modificaciones hechas por la Ley N°20.570 a la Ley N° 20.241, con el objetivo de perfeccionar el incentivo tributario a la inversión privada en I&D.
En su espíritu busca beneficiar a los contribuyentes de primera categoría (las empresas) que determinen su renta efectiva mediante contabilidad completa. El beneficio concreto es el otorgamiento de un crédito contra el impuesto a la renta, equivalente al 35% de los gastos realizados en I&D, pudiendo deducir el restante 65% como un gasto aceptado, aún cuando la I&D no se relacione directamente con el giro o negocio del contribuyente. Estas modificaciones triplican el monto en I&D que puede acogerse al beneficio actualmente, llegando a 15.000 UTM (casi $600 millones) el crédito contra impuesto de primera categoría que podrá usarse anualmente.
Respecto a los tiempos, es clave saber que el beneficiario tiene para deducir gastos hasta un plazo máximo de 10 años consecutivos, aplicándole las normas sobre gastos de organización o puesta en marcha.
Y no olvidar lo más importante: cómo acceder al beneficio. Al respecto, se pueden emplear dos vías. Una es la tradicional, donde se solicita la certificación en forma previa al inicio de las actividades de I&D y al desembolso de los gastos correspondientes. La otra es la modalidad de declaración de intención, en la que las empresas notifican a Corfo su intención de acogerse al beneficio con fecha anterior al inicio de las actividades de I&D. Esta última modalidad requiere que sea presentada la intención vía web junto con el comprobante de un desembolso en el marco de la iniciativa. Posteriormente, se debe solicitar formalmente la certificación de su propuesta presentando toda la información requerida.
Así que ya lo sabe, si en su negocio están apostando por la I&D, aproveche estos nuevos beneficios tributarios ad hoc.