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/ Nueva ley de seguros: deuda histórica pendiente

15 de Enero, 2013

El proyecto de la nueva ley de seguros modifica toda la normativa vigente y se alza como una necesidad de la institucionalidad legal para terminar con un dualismo de facto que, mientras subsista, no puede sino debilitarla.

Isidora Alemparte, Abogada Asociada, Alessandri & Compañía

Publicada originalmente en El Mercurio Legal, el 15 de enero de 2013

Los números son concluyentes a la hora de analizar el crecimiento de la industria aseguradora local. Según cifras de la Asociación de Aseguradores de Chile (AACH) el crecimiento de la industria durante 2011, en lo que respecta a seguros generales, fue de 18,4% y de 11.3% en el caso de los seguros de vida. Durante 2011 Chile lideró el ranking de la penetración de los seguros en Latinoamérica adelantando a Brasil. Si bien se espera que la tasa de crecimiento del mercado disminuya en los próximos años, Chile se ha ido consagrando como uno de los líderes en la región.

Pese a lo anterior, la institucionalidad legal está en deuda con el mercado asegurador: la ley de seguros chilena, otrora ejemplo de vanguardia, ostenta el triste record de estar próxima a cumplir ciento cincuenta años. En otras circunstancias la “edad” de una ley podría ser una indicación de madurez republicana. En el caso de de la industria aseguradora, lo anterior solo admite como interpretación posible la obsolescencia.

Esta última ha experimentado una significativa evolución tanto a nivel nacional como internacional, impulsada por la necesidad económica que se manifestó en la tendencia a una mayor sofisticación de los productos ofrecidos. Frente a lo anterior, la ley perdió toda posibilidad de aplicación y obligó al mercado asegurador a generar su propio cúmulo de normas mediante la costumbre.

La fractura entre esta y la práctica se ha ido profundizando en las últimas décadas. Ha significado que la costumbre mercantil se ha desarrollado al margen de la ley y en numerosas ocasiones incluso contra su texto expreso, propiciando la inseguridad jurídica para las partes, quienes no tienen texto legal en el cual sostener sus pretensiones, debilitando de paso el marco legal de la industria.

La nueva ley de seguros, que se encuentra ya en segundo trámite legislativo, se alza como una necesidad de la institucionalidad legal para terminar con un dualismo de facto que, mientras subsista, no puede sino debilitarla. Urgencia que ya se había hecho manifiesta hace más de una década, pero que no fue suficiente para conciliar el interés prioritario del Congreso.

El proyecto, cuya redacción estuvo a cargo del profesor de Derecho comercial Osvaldo Contreras Strauch y vicepresidente de la Asociación Internacional de Derechos de Seguros (AIDA), consiste en una modificación estructural de prácticamente toda la normativa vigente relativa a los seguros.

La nueva ley moderniza e incorpora las últimas tendencias en esta materia, haciéndose cargo de la problemática de las situaciones de hecho, por lo que dicho sinceramiento beneficia a todas las partes intervinientes en el contrato de seguros. El proyecto de ley fortalece en forma expresa los derechos de los asegurados, garantizándoles la protección de sus intereses y agilizando el procedimiento de liquidación de los siniestros. Entre las materias cuya incorporación a la nueva ley parece más relevante destacar, cabe la regulación de los contratos de seguros que han presentado un explosivo desarrollo en las últimas décadas, tales como los seguros colectivos, de crédito, de robo y hurto, de responsabilidad civil entre otros.

Los seguros parecen haberse instaurado en la cultura comercial local y el nuevo proyecto de ley viene a saldar una deuda, que a estas alturas ya es histórica, pero cuyo sustrato está más vigente que nunca.

 

 

 

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