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/ Ley que exime de IVA a asociaciones culturales fue promulgada

11 de Diciembre, 2023

Jaime Urzúa
Abogado Asociado
Alessandri

La ley 21.622, que introduce modificaciones en la ley de Donaciones con Fines Culturalesfue recientemente promulgada (17 de noviembre de 2023).

La nueva legislación exime del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la prestación de servicios culturales de asociaciones culturales que “se encuentren conformadas exclusivamente por personas naturales, cuyos ingresos por actividades distintas a la prestación de servicios culturales no exceda del 35% del total bruto del giro dentro del año calendario inmediatamente anterior, y que en ellas predomine el trabajo personal-físico o intelectual- por sobre el empleo de capital”.

También serán consideradas aquellas organizaciones que hayan sido creadas bajo otras leyes, pero que cumplan con los requisitos que esta ley establece.

¿Qué entiende la ley como servicios culturales?

Son aquellos que “se vinculan directamente con la investigación, formación, mediación, gestión, producción, creación y difusión de las culturas, las artes y el patrimonio, como también aquellas que conduzcan al conocimiento, acceso, reconocimiento, revitalización y salvaguardia de los patrimonios”.

Las asociaciones culturales que quieran acceder a la exención deberán inscribirse en un registro que el Servicio de Impuestos Internos (SII) deberá crear y administrar. El SII además, será el encargado de fiscalizar que una actividad se califique como servicio cultural, para lo cual podrá solicitar información pertinente.

Las modificaciones que incorpora esta ley comenzarán a regir retroactivamente desde el 1 de mayo de 2023 y la obligación de las asociaciones culturales de inscribirse en el registro será exigible desde el 1 de enero del 2024.

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