/ Elaboración y redacción de un modelo de prevención de delitos a los que se refiere la Ley N° 20.393 de responsabilidad penal de la persona jurídica.

Desde la entrada en vigencia de la Ley de Responsabilidad Penal para las Personas Jurídicas a fines de 2009, que reguló la posibilidad de que estas respondan directamente de ciertos delitos, se ha vuelto imperioso para toda empresa la elaboración y redacción de un modelo de prevención de delitos, el que no solo pone a las compañías en un mejor pie frente a la comisión de un eventual delito y la eventual persecución penal, sino también favorecer la gestión de riesgos legales y reputacionales de la empresa.

La elaboración de estos modelos implica necesariamente un compromiso de la alta dirección de la compañía y un control y difusión permanente del plan de cumplimiento al interior de la empresa, especialmente, tanto del directorio y ejecutivos, como del resto de los trabajadores.

 

¿Por qué debiera contar con una asesoría en cumplimiento legal y normativo, aunque no sea una sociedad anónima abierta?

Dentro de estas prácticas, hay algunas que son voluntarias para cada administración y están pensadas para acompañar a las empresas en el mejoramiento continuo de su gobierno corporativo, de la responsabilidad de directores y ejecutivos principales y de los programas que agregan valor y mitigan riesgos en cada industria.

El objetivo es favorecer la eficiencia económica, la estabilidad financiera y el crecimiento económico sostenible, según la OCDE.

Nuestra meta es crear dentro de cada empresa un modelo de prevención de delitos, que se traduce en un código interno de conducta, buenas prácticas y controles dirigidos a identificar los riesgos de identificación de los delitos, prevenirlos y saber reaccionar en caso de que ocurran.

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