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/ Corte de Santiago deja sin efecto multa aplicada a JetSMART por el Servicio Nacional de Migraciones

10 de Agosto, 2026

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección interpuesto por JetSMART Airlines SpA en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dejando sin efecto una sanción aplicada y ordenando retrotraer el procedimiento administrativo al estado de resolver nuevamente los recursos administrativos deducidos por la compañía.

La controversia se originó a propósito de una multa de 1.650 UTM aplicada por el Servicio Nacional de Migraciones, fundada en la supuesta falta de entrega de la Declaración General de Vuelo —GENDEC—, conducta que la autoridad estimó sancionable conforme al artículo 114 de la Ley N° 21.325 sobre Migración y Extranjería.

Sin embargo, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago estimó que la situación denunciada no se encontraba comprendida en la hipótesis sancionatoria invocada por la autoridad administrativa. El tribunal estableció que la aerolínea había transmitido la información exigida mediante la normativa legal correspondiente y concluyó que la falta de entrega de la Declaración General de Vuelo no corresponde a la conducta descrita en el artículo 114 de la Ley N° 21.325. En consecuencia, sostuvo que sancionar a la empresa por dicho hecho excedía el marco legal habilitante de la potestad sancionadora del Servicio Nacional de Migraciones.

La sentencia agregó que la resolución impugnada carecía de fundamento legal suficiente y afectaba el derecho de propiedad de la recurrente, al mantener una multa cuantiosa basada en una conducta que no se encontraba contemplada en la norma legal aplicada por la Administración. Por tal motivo, acogió la acción constitucional y ordenó que los recursos administrativos sean nuevamente resueltos, discurriendo sobre la base de que JetSMART no incurrió en la infracción imputada.

El fallo adquiere especial relevancia por cuanto aborda el alcance del artículo 114 de la Ley N° 21.325 y la relación entre dicha disposición y los sistemas electrónicos API/PNR utilizados por las líneas aéreas para transmitir información anticipada de pasajeros. Asimismo, constituye un pronunciamiento relevante respecto de la utilización del formulario GENDEC como fundamento de sanciones administrativas en materia migratoria.

La representación de JetSMART estuvo a cargo del abogado Raúl Montero López, socio de Alessandri Abogados, quien sostuvo que la sanción impuesta por el Servicio Nacional de Migraciones se fundaba en una conducta distinta de aquella expresamente tipificada por la ley, planteamiento que fue acogido por la Corte de Apelaciones de Santiago.

La sentencia fue pronunciada en la causa Rol Protección N° 318-2026 por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera Muñoz, Matías Felipe de la Noi Merino y el ministro suplente Daniel Eduardo Aravena Pérez.