/ El hit del momento en tiempos de redes sociales: la inesperada innovación en la industria musical
21 de Abril, 2025Asociado Alessandri
En abril de 2025 Shakira visitó nuestro país para dar tres conciertos con un rotundo éxito, agotando todas las entradas del Parque Estadio Nacional. Y es que la oriunda de Barranquilla es un ícono musical de época. Doce álbumes de estudio, cuatro premios Grammy, quince Grammy Latinos y cerca de treinta y cinco años de trayectoria, son solo algunas de las piezas que adornan la vitrina de la cantante. Una fructífera carrera con un vasto patrimonio que, incluye, por supuesto, activos de propiedad intelectual como sus obras musicales, que hoy se erigen como su principal legado cultural.
Año 2006. La joven colombiana de veintinueve años, tras una vida entera dedicada a la música, múltiples contratos y un sinfín de vínculos con los más diversos actores del rubro, vio por primera vez cómo una de sus canciones llegaba a lo más alto, consiguiendo ser escuchada en las más diversas zonas geográficas, y a un nivel de masividad inusitado tratándose de artistas latinoamericanos. Un 8 de junio, la canción “Hips Don’t Lie” de Shakira, alcanzaba el puesto número uno en el Billboard Hot 100.
El recorrido para llegar a este hito fue extenso. Previamente grabó seis discos, trabajó con tres sellos discográficos diferentes y, entre otras cosas, tuvo un par de giras internacionales, todo con el fin de cumplir el objetivo de hacer llegar su música a todos los rincones del mundo. Esta meta implicaba, entonces, masificar y distribuir, mediante contratos y los más diversos instrumentos legales, sus canciones en medios tradicionales como radios y televisión, además de la venta física de sus álbumes. En otras palabras, el camino implicaba una larga cadena de sucesos que, de no darse, no estaríamos hablando del mega ícono del pop que conocemos hoy.
Dejemos a Shakira un momento y avancemos en el tiempo. Año 2019. Un joven de 20 años comienza a crear y grabar música en su habitación, con un estudio casero armado con los medios básicos que tenía a mano en su hogar. Empieza a invitar a distintos amigos y conocidos para que puedan cantar canciones producidas por él, y comparte los videoclips de dichas sesiones de grabación en su cuenta de YouTube. Los videos comienzan a tener una inesperada y gigantesca repercusión en esta plataforma y otras redes sociales, como Instagram y Tik Tok, al punto que, en solo cuestión de horas muchos de ellos comenzaron a sumar millones de reproducciones. Finalmente, tal como lo hiciera Shakira, este joven sorpresivamente da un batacazo en la industria, y consigue su primer puesto número uno por una de sus creaciones musicales -esta vez, en Spotify-. Estamos hablando del productor argentino Gonzalo Julián Conde, más conocido como Bizarrap, quien el 16 de julio de 2020, vio cómo su canción “BZRP Music Sessions Vol.52” cantada por el español Quevedo, llegaba a ser la más escuchada del planeta.
¿Hay diferencias? El aporte a la propiedad intelectual
La repercusión de las obras musicales y la valorización de los activos de propiedad intelectual de Shakira y Bizarrap se dieron por vías diferentes. Tanto el argentino como otros artistas emergentes, ingeniosamente han utilizado a su favor las herramientas de la época, tal como supo hacer en su momento la intérprete de “Hips Don’t Lie”. Entonces, si bien en la actualidad conceptos como “sellos discográficos” o “contratos de distribución” no son necesariamente sinónimos de “YouTube, Instagram y Tik Tok”, no es posible desconocer que cada una de estas vías ha contribuido a que las obras de propiedad intelectual de los artistas lleguen a gran parte del planeta.
La irrupción de las nuevas formas de masificación de la información ha significado que se democratice el acceso a la música del más variado tipo y origen. Con esto, sin embargo, no sólo el público gana. Son justamente los músicos los que se han visto beneficiados por la revolucionaria forma en que hoy sus obras de propiedad intelectual se consumen, creaciones que, por cierto, se encuentran protegidas mediante el derecho de autor y otras figuras jurídicas. Las plataformas digitales, en definitiva, han permitido –y siguen permitiendo- una amplia difusión de las obras de los artistas, entregándoles herramientas para obtener incluso una monetización directa, y que al mismo tiempo pueden implicar el ingreso de ganancias por publicidad, patrocinios, entre otros.
Entonces, si bien es innegable que los caminos de la colombiana y el argentino guardan claras diferencias entre sí, es igualmente irrefutable que ambos comparten hitos sumamente significativos, como el haber logrado masificar su obra y llevarla a la cúspide de la industria, permitiéndoles afirmar que actualmente pertenecen al selecto grupo de artistas latinoamericanos consagrados a nivel mundial.
No es casualidad, de hecho, que ambos artistas hayan decidido en 2023 trabajar juntos en la canción “BZRP Music Sessions Vol.53”“, que actualmente suma más de mil millones de reproducciones en Spotify, lo que da cuenta que la innovación, el trabajo y talento, van de la mano, al margen de su origen y época. No en vano la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual señalaba hace años atrás que “hoy se respira un aire de optimismo en la industria de la música a nivel mundial. Nunca había existido tanta variedad musical al alcance de tanta gente”[1] .
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[1] https://www.wipo.int/es/web/ipday/2016/creating_value_from_music