/ Los desafíos de la inteligencia artificial para el derecho
22 de Abril, 2020Desde el punto de vista del derecho, IA implica grandes desafíos. Actualmente muchos países y organismos internacionales debaten políticas de IA y al parecer los instrumentos que hoy contempla la Propiedad Intelectual no son idóneos para proveer su protección.
Macarena Gatica
Asociada Senior Alessandri
El término inteligencia artificial (IA) fue popularizado en 1956 en una conferencia en la Universidad de Darmouth College al describir los aspectos del aprendizaje de la inteligencia y la creación de máquinas que la simularan. En los últimos años hemos visto un mayor desarrollo de IA debido a técnicas de aprendizaje profundo, el crecimiento exponencial de la capacidad o poder de cómputo y la mayor cantidad de datos disponibles.
Hoy existen diferentes ejemplos de IA que utilizamos a diario, traductores en línea, asistentes virtuales tales como Siri y Alexa, predicciones de consumo o preferencias, reconocimientos faciales, modelos de prevención de fraudes, entre muchas otras, las cuales nadie puede negar que son innovaciones.
Desde el punto de vista del derecho, IA implica grandes desafíos. En el mes de la Propiedad Intelectual, queremos analizar cómo protegeremos esta innovación desde esta rama del derecho.
Muchos países y organismos internacionales debaten políticas de IA y discuten si los instrumentos que hoy contempla la Propiedad Intelectual son idóneos para proveer una adecuada protección. No es una definición fácil. Las propias características de IA lo dificultan.
Por ejemplo, en el caso de las patentes de invención, se presenta el desafío de demostrar cuáles son los factores que condujeron a una predicción, ya que, por la naturaleza propia de IA, la invención va modificándose sobre la base de los datos captados y a nuevos aprendizajes, por lo que es diferente a la creación original.
Luego, un aspecto que aplica a todos los instrumentos de protección dice relación con la autoría. Si consideramos que históricamente las creaciones intelectuales que han tenido un reconocimiento de propiedad siempre han sido asociadas al intelecto humano, ¿cómo le reconoceremos protección a una máquina, si este no es titular de derecho?
Lo anterior, al parecer, nos lleva a concluir que los instrumentos de protección que hoy establece la normativa de Propiedad Intelectual no permiten dotar de reconocimiento de propiedad a estas invenciones.
Es innegable la contribución y estímulo de innovación que significa la IA y creemos que el debate jurídico que se ha generado al respecto no puede ser un impedimento a su progreso. Es una oportunidad para evitar la sobre regulación y fomentar la innovación respetando la legislación vigente. Para Chile puede ser una gran oportunidad de acrecentar las capacidades humanas automatizando procesos que permitan el enfoque humano en tareas más productivas. Hoy más que nunca no podemos desperdiciar o entorpecer una oportunidad que permita una ventaja productiva.